Un espacio para defender el derecho de los adultos mayores

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TODAS LAS CITAS:

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Fuente:

http://desdeeltecho.blogspot.com/2009/03/felipe-tudela-el-cansancio-de-un.html



Video:

Fuente:

http://infotudela.blogspot.com/



Cita:

2011-02-28 - 22:34:12

Felipe: Mr. Judge. May I have a word please?
Judge: Yes
Felipe: I have a question about visitation. Can I see my wife?
Judge: Yes
Felipe: Whenever I want?...
Judge: We are going to work it out. For a couple of days we are going to balance visitation between wife and children.
Felipe: My wife is essential for my well being. They say I'm mentally sick, but I am perfectly sane, but physically I'm not... I don't want to make any objections your honor, but I just simply want to sustain that I am married to my wife, and that condition implies a constant possibility of me being visiting by her.
Fuente:

En la Audiencia de 16 de abril de 2009 Felipe Tudela Barreda se dirigió al juez Arthur Rothenberg y solicitó -por su bienestar- no ser separado de Graciela de Losada. Esto no fue registrado en el acta que se levantó de la audiencia. El juez hizo oídos sordos de la voluntad de Felipe. Felipe era quien necesitaba ser doblegado, a él fue a quien se encerró e incomunicó. Contra Graciela de Losada no se dicto ninguna medida de restricción a su libertad.



Cita:

2011-02-28 - 22:23:09

The gravest problem presented by this case is that MR. TUDELA BARREDA is presently incarcerated in a cell without bars being found guilty of a crime."
Fuente:

Escrito del 27.04.09 presentado por el abogado nombrado por la Corte de Miami-Dade, Luis Barreto, ante el juez Arthur Rothenberg, que ordenó confinar a Felipe Tudela Barreda e incomunicarlo en la habitación de un hotel



Cita:

2011-02-28 - 22:11:51

99. Por su parte, además de lo expresado en sus alegatos en este caso, la Comisión Interamericana en diversos precedentes ha considerado reiteradamente que la persona detenida y desaparecida “fue excluida necesariamente del orden jurídico e institucional del Estado, lo que significó una negación de su propia existencia como ser humano revestido de personalidad jurídica”, y como consecuencia ha declarado la violación del artículo 3 de la Convención. 100. A su vez, a nivel interno de los Estados de la región ha sido necesario dar respuesta a las consecuencias del fenómeno de la desaparición forzada de numerosas personas en diferentes contextos y períodos, que no estaban contempladas en el ordenamiento jurídico. En particular, se han promulgado leyes y adoptado decisiones jurisprudenciales en atención a la falta de regulación específica respecto de la ausencia de una persona a raíz de su desaparición forzada y de la correspondiente imposibilidad de ejercer sus derechos y obligaciones y de los efectos que ello genera en sus familiares y terceros.(...) 101. En consideración de lo anterior, la Corte estima que en casos de desaparición forzada de personas se deja a la víctima en una situación de indeterminación jurídica que imposibilita, obstaculiza o anula la posibilidad de la persona de ser titular o ejercer en forma efectiva sus derechos en general, en una de las más graves formas de incumplimiento de las obligaciones estatales de respetar y garantizar los derechos humanos. Esto se tradujo en una violación del derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica del señor Anzualdo Castro.”
Fuente:

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CASO ANZUALDO CASTRO VS. PERÚ SENTENCIA DE 22 DE SEPTIEMBRE DE 2009 (Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas)
Cuadro: "El Grito" de Edvard Munch



Cita:

2011-02-28 - 22:06:53

97. El Comité de Derechos Humanos ha reconocido, por su parte, que el derecho a la personalidad jurídica puede verse violado en casos de desaparición forzada en consideración de lo siguiente: a) la desaparición forzada priva a la personas de su capacidad para ejercer sus derechos, incluyendo todos los demás derechos del Pacto, y el acceso a cualquier posible recurso como una consecuencia directa de las acciones del Estado; b) si el Estado no ha conducido una investigación apropiada respecto del paradero de la persona desaparecida o proveído un recurso efectivo, y c) la desaparición forzada pone a la persona fuera de la protección de la ley. 98. El Experto Independiente de Naciones Unidas sobre Desaparición Forzada o Involuntaria de personas ha afirmado que la desaparición forzada también puede conllevar la violación del reconocimiento de la persona ante la ley, la cual se deriva del hecho de que con los actos de desaparición forzada se trata de dejar a la víctima fuera del amparo de la ley. Asimismo, de conformidad con el contenido del artículo 1.2 de la Declaración sobre Desaparición Forzada, el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas ha sostenido que todo acto de desaparición forzada tiene la consecuencia de poner a la persona fuera de la protección de la ley.
Fuente:

CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CASO ANZUALDO CASTRO VS. PERÚ SENTENCIA DE 22 DE SEPTIEMBRE DE 2009 (Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas)
Cuadro: "Cenizas" de Edvard Munch



Cita:

2010-11-03 - 15:26:15

"Si la historia de las penas es una historia de ERRORES la historia de los procesos es una historia de HORRORES".
Fuente:

Luigi Ferrajoli. Derecho y Razón.



Cita:

2010-11-03 - 15:25:50

"Hacer imposible que sea declarado loco uno que no lo esté, porque no hay injusticia más cruel que la que sobre ésta pueda cometerse; derecho más santo que el que tiene todo hombre a que se reconozca en él su cualidad de ser razonable, sin la cual es tratado como cosa; ni muerte más horrible, más traidora, más infame, que la dada a un ser racional en quien se mata la libertad, el derecho, el respeto, la personalidad toda, en fin, secuestrándole del mundo de la inteligencia y de la conciencia, y dejándolo a merced de un loquero. La queja del criminal se escucha, la del loco no se atiende; ni su derecho es derecho, ni su justicia, justicia, una vez declarado ser sin razón, las que da no se aprecian, y se miran como una singularidad, como una rareza, como una reminiscencia de su perdido estado anterior, no como cosa respetable y atendible. Ya se comprende la gravedad de declarar a un ser racional fuera de la ley de la razón, y cuánto debe esforzarse el legislador para que sin derecho no se haga. Repetimos que en todo esto no hay cuestión patológica ni ciencia médica, sino cuestión jurídica y ciencia del hombre y del derecho".
Fuente:

ARENAL, Concepción. «Ley de dementes» en Artículos sobre beneficiencia y prisiones. Volumen III. Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes, 1999. Edición digital (www.ua.es) basada en la edición de Madrid, Librería de Victoriano Suárez, 1900 (Obras completas de Concepción Arenal; 20) - Localización: Biblioteca de Magisterio de la Universidad de Alicante. Sig. ED FA 0/0019 y ED FA 0/0065.



Cita:

2010-11-03 - 15:21:09

"La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que encierra la tierra, ni el mar encubre; por la libertad, así como por la honra, se puede y se debe aventurar la vida."
Fuente:

Cervantes, El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha, parte II, cap. LVIII, en labios de Don Quijote.



Cita:

2010-11-03 - 15:19:43

Oh libertad, cuántos crímenes se cometen en tu nombre!
Fuente:

Madame Roland, heroína de la Revolución Francesa, decapitada en la Plaza de la Concordia.